Aprobación definitiva de modificación puntual de las normas urbanísticas de Sepúlveda

En la reunión del pasado viernes de la Comisión Territrorial de Medio Ambiente en la delegación de la Junta en Segovia se aprobó definitivamente una modificación puntual de las normas urbanísticas de Sepúlveda en relación con las condiciones de edificabilidad en esta localidad, que afecta a la habitabilidad de los espacios bajo cubierta.

La propuesta se justifica en que la regulación de los espacios vacíos o bajo cubierta de la normativa objeto de modificación se encuentra fuera de contexto en relación con la regulación urbanística de estos mismos espacios bajo cubierta dentro del Conjunto Histórico‐Artístico de la Villa de Sepúlveda; ya que la normativa que regula la habitabilidad de dichas áreas en el Plan Especial permite la habitabilidad completa sin ninguna limitación, salvo la obligación de vincular su utilización al uso de la planta inferior. Por ello se trata ahora de incorporar la misma regulación que actualmente está vigente dentro de la normativa del Plan Especial al resto del suelo urbano delimitado del núcleo de Sepúlveda.

Así pues, se considera razonable que en estos espacios bajo cubierta, que en buena parte de su superficie además tienen altura útil, se permita su habitabilidad, siempre y cuando su uso esté vinculado al uso principal de las plantas inmediatamente inferiores del edificio.